miércoles, 22 de mayo de 2019

LISTAS DEFINITIVAS, CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA INTERINOS MURCIA



Por todo lo anterior, esta Dirección General:

RESUELVE:

PRIMERO.- Aprobar la lista definitiva de los participantes admitidos, ordenados alfabéticamente y separados por cuerpos y especialidades que se relacionan en el anexo I, en el procedimiento extraordinario para la selección de personal interino para cubrir plazas vacantes o sustituciones de las siguientes especialidades: • Latín, Griego, Francés y Alemán del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. • Inglés y Francés del Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas. • Dirección de Coro, Flauta de Pico, Instrumentos de Púa, Improvisación y Acompañamiento, Pedagogía, Violín y Fagot del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas • Coro, Instrumentos de Púa, Oboe, Cante Flamenco, Canto, Lenguaje Musical y Contrabajo del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.

SEGUNDO.- Aprobar la lista definitiva de los participantes excluidos del procedimiento en las especialidades relacionadas en el artículo primero, ordenados alfabéticamente, con indicación de la causa de exclusión, que se relacionan en el anexo II.

TERCERO.- Publicar en el anexo III la relación de una aspirante que figuraba incluida en la Resolución de 10 de mayo de 2019 y ha sido excluida de oficio, al haberse observado errores materiales o de hecho en la misma, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Conforme se establece en el artículo 4.2 de la orden de convocatoria, dicha aspirante dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión, de acuerdo con lo establecido en los artículos 68.1 y 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En su caso, la reclamación, dirigida a la Directora General de Planificación Educativa y Recursos Humanos, se presentará, preferentemente, en la Oficina Corporativa de Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, pudiendo, además, utilizarse cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

CUARTO.- Exponer en el tablón de anuncios de esta consejería los listados citados anteriormente, así como, con carácter meramente informativo, en la página web: www.carm.es/educacion. Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Juventud y Deportes, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, según lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.

Leer más: https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=64933&IDTIPO=100&RASTRO=c798$m3914,4082,25199,63829



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